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Impuesto a las ganancias: Deducción de pérdidas por diferencias de cambio por Dólar Bolsa o Dólar MEP
AFIP – Impuesto a las Ganancias – No deducción por Pérdidas con Dólar Bolsa o MEP – Para AFIP NO son deducibles en el impuesto a las ganancias las pérdidas por diferencias de cambio negativas derivadas de operaciones de «dólar bolsa» o «dólar MEP» con títulos públicos.
Argumentos de AFIP:
a) no se encuentran vinculadas con la obtención, mantenimiento ni conservación de ganancias gravadas y
b) no cumplen con los requisitos para ser consideradas pérdidas extraordinarias en tanto no obedecen a situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.
La AFIP se expresó vía «Circular», o sea con un acto «orientativo» y «no obligatorio» para desarticular planificaciones nocivas para evadir con títulos públicos (compra en pesos de títulos públicos y conversión a moneda extranjera o «dólar billete», generando una pérdida contable y fiscal).
Fuente: Circular AFIP 5/2014
Boletín oficial 19 NOV 2014