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Registro de sujetos vinculados - Inscripción
Una nueva norma de AFIP obliga a las sociedades argentinas que posean vinculación (definida en el anexo I de la RG) con cualquier sujeto local o del exterior a inscribirse en el servicio «Registro de sujetos vinculados».
Esa inscripción se realizará vía transferencia electrónica de datos en www.afip.gob.ar con clave fiscal.
Para ello, deberán informar:
1. CUIT del informante.
2. CUIT o CUIT-País del sujeto informado, según corresponda.
3. Apellido y nombres, denominación o razón social y domicilio del sujeto informado. 4. Tipo de vinculación.
Plazo de Inscripción: Aquellos sujetos que a la fecha se encuentren comprendidos en la norma, hasta el 1º de abril de 2014 (grandes contribuyentes) o el 1º de julio de 2014 (los demás).
En defecto el plazo de inscripción es de 10 días hábiles de producidas las respectivas causales.
El incumplimiento podrá ser pasible de las sanciones previstas en la Ley de Procedimientos Tributarios.
Vigencia: a partir del 3 de enero de 2014.
Fuente: Resolución General AFIP 3572